Bases legales del sorteo para profesionales
Una comida o cena para dos personas | Máximo: 400 € en total
1. ENTIDAD ORGANIZADORA
El presente sorteo está organizado por Consorcio de Distribución Fortaleza SAU, con NIF-IVA ESA48009120 y domicilio en C/ Pablo de Alzola, 13, 48012 Bilbao (España), en adelante, la "Organización" o "Café Fortaleza".
La gestión operativa corresponde a A PLUS FIELD MARKETING, S.L., con NIF B84448505 y domicilio en C/ Tarragona, 30, local, 28045 Madrid, que actúa bajo la denominación comercial Aplus Gastromarketing, en adelante, "Aplus".
Aplus gestionará las participaciones, la selección y el contacto con el ganador y suplentes. También coordinará la reserva y el pago al restaurante del premio.
El correo oficial para consultas, reclamaciones y comunicaciones relativas al premio es cm8@aplusmk.com. Para el ejercicio de derechos de protección de datos se utilizará clientes@aplusmk.com.
2. OBJETO
Estas bases regulan un sorteo promocional gratuito dirigido a las personas que completen el cuestionario profesional de Café Fortaleza sobre el consumo de café fuera del hogar y soliciten participar en el sorteo.
El sorteo pretende incentivar la participación en el estudio. No es necesario comprar productos ni contratar servicios. La opinión expresada en las respuestas no influirá en las posibilidades de obtener el premio.
Este sorteo es independiente del dirigido a consumidores, aunque una misma persona solo podrá participar válidamente en uno de los dos.
3. ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL
El sorteo se dirige a personas residentes en todo el territorio español, excluidas Canarias, Ceuta y Melilla.
El periodo de participación comenzará el lunes 26 de octubre de 2026 a las 00:00:00 y finalizará el lunes 23 de noviembre de 2026 a las 23:59:59, ambos inclusive. Todas las horas se refieren a la hora oficial peninsular española (zona Europe/Madrid).
La selección aleatoria se realizará el miércoles 25 de noviembre de 2026. No se admitirán participaciones completadas fuera del periodo anterior, incluidas respuestas previas o de prueba.
Las bases estarán disponibles durante la promoción en la web de Café Fortaleza, con acceso desde el cuestionario.
4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar personas físicas que tengan 18 años cumplidos en la fecha de participación, residan en España, dispongan de un correo electrónico válido de uso individual y cumplan estas bases.
El sorteo se dirige a propietarios, directivos, chefs, jefes de sala o barra y personal de hostelería. Podrán participar distintas personas de una misma compañía, cada una en nombre propio y con una única participación.
No podrán participar empleados, cargos o colaboradores de Café Fortaleza o Aplus que hayan intervenido en la preparación, gestión o desarrollo de los sorteos, ni sus familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
La Organización podrá comprobar los requisitos mediante declaraciones y documentación proporcionada. La falsedad de los datos o la imposibilidad de acreditar un requisito esencial tras solicitar su subsanación impedirá la adjudicación del premio.
5. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Para participar será necesario completar el cuestionario profesional de Café Fortaleza, que se realizará de forma anónima, y acceder posteriormente a un formulario independiente en el que se solicitarán los datos personales imprescindibles para gestionar el sorteo.
La participación requerirá la aceptación de las presentes bases legales y el envío del formulario dentro del plazo establecido.
Los datos identificativos facilitados para participar en el sorteo no podrán vincularse con las respuestas del cuestionario.
La participación será gratuita y no estará condicionada a la aceptación de comunicaciones comerciales.
Cada persona tendrá una única participación. El uso de varios correos electrónicos, dispositivos o envíos no generará participaciones adicionales. Las personas de una misma empresa o domicilio no serán excluidas por compartir dirección IP.
Si se reciben varias participaciones de una persona en este sorteo, solo se conservará para la selección la primera participación completa y válida. Si participa en ambos sorteos de Café Fortaleza, solo se admitirá la primera participación completa y válida, atendiendo a la fecha y hora de envío, y se excluirá la posterior del otro sorteo.
No se admitirán envíos incompletos, automatizados, realizados mediante suplantación o con datos falsos. La exclusión deberá apoyarse en una causa comprobable relacionada con estas bases, no en el sentido favorable o desfavorable de las respuestas.
La participación es gratuita, sin perjuicio del coste ordinario de acceso a Internet. No requiere seguir perfiles sociales, publicar contenidos ni aceptar comunicaciones comerciales. Completar el cuestionario sin solicitar participar no genera una participación en el sorteo.
6. PREMIO
Se adjudicará un único premio a una persona ganadora: una comida o cena para ella y un acompañante de su elección, en un restaurante de España elegido por la persona ganadora.
El importe máximo cubierto será de 200 euros por comensal y 400 euros en total, incluidos comida, bebidas e IVA o el impuesto indirecto que corresponda. Los gastos compartidos se distribuirán por igual entre ambos comensales a efectos de aplicar el límite individual.
El premio se disfrutará en una única comida o cena. No podrá fraccionarse en varias visitas, acumularse para otras personas ni canjearse por dinero. Si solo acude el ganador, el importe cubierto será como máximo de 200 euros.
No se incluyen desplazamientos, alojamiento, propinas voluntarias ni consumiciones o servicios ajenos a la comida o cena acordada. Cualquier gasto que supere el límite individual o total será asumido por el ganador.
Si el gasto es inferior al límite, la diferencia no se entregará en efectivo, no se abonará al ganador ni quedará como saldo. Los costes de gestión del sorteo y los ingresos a cuenta que asuma la Organización no reducirán la dotación gastronómica del premio.
El derecho al premio es personal e intransferible. El acompañante no adquiere un derecho autónomo ni la condición de segundo ganador.
7. SELECCIÓN DE GANADOR Y SUPLENTES
El 25 de noviembre de 2026, Aplus depurará la relación de participaciones completas y válidas y realizará una selección aleatoria de una persona ganadora y tres suplentes, por orden de sustitución, sin repetición. Cada participación válida tendrá la misma probabilidad.
Se utilizará una herramienta de selección aleatoria que permita conservar evidencia del procedimiento (EasyPromos). Se guardará un acta o informe con la fecha, el número de participaciones admitidas, las exclusiones justificadas y el resultado ordenado. La Organización supervisará el proceso.
Si hay menos de cuatro personas elegibles, se seleccionará una ganadora y tantos suplentes como permita el número restante. Si no hay ninguna participación válida, el sorteo quedará desierto. La adjudicación definitiva estará sujeta a la verificación de requisitos y a la aceptación del premio.
8. COMUNICACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PREMIO
Aplus contactará con la persona seleccionada desde cm8@aplusmk.com al correo facilitado en el formulario, dentro de las 48 horas siguientes al sorteo.
La persona seleccionada dispondrá de cinco días naturales, contados desde el día siguiente al envío de la notificación y hasta las 23:59:59 del quinto día, hora peninsular, para aceptar expresamente el premio y facilitar los datos imprescindibles que se le soliciten. La notificación indicará la fecha y hora exactas de vencimiento.
Si renuncia, no responde dentro de plazo o no cumple los requisitos, se contactará con el primer suplente y, sucesivamente, con los restantes, aplicando el mismo plazo. Antes de excluir por un error subsanable en los datos se ofrecerá la posibilidad de aclararlo dentro del plazo de respuesta.
El participante deberá facilitar un correo correcto y revisar su bandeja de entrada y correo no deseado. Si ninguna persona seleccionada acepta válidamente el premio, este podrá declararse desierto dejando constancia de las gestiones realizadas. No se adjudicará discrecionalmente a una persona ajena a la selección.
9. RESERVA, PAGO Y DISFRUTE DEL PREMIO
El ganador comunicará a Aplus el restaurante elegido y sus fechas preferidas. Aplus contactará con el establecimiento para comprobar disponibilidad, precio, condiciones de reserva y posibilidad de facturación y pago directo por Aplus.
La elección podrá recaer en cualquier restaurante situado en España, siempre que acepte esta forma de gestión y exista disponibilidad. Si el establecimiento no puede ofrecerla, se dará al ganador la posibilidad de elegir otro restaurante o fecha, sin reducir el importe del premio.
Aplus realizará la reserva y pagará directamente al restaurante hasta el importe cubierto. No se entregará dinero al ganador ni se reembolsarán reservas o consumos que este haya contratado por su cuenta sin autorización previa y escrita.
El premio deberá disfrutarse dentro de los seis meses siguientes a la aceptación expresa. Aplus comunicará por escrito la fecha de vencimiento. La propuesta de restaurante y fecha deberá enviarse con antelación suficiente para confirmar la reserva dentro de ese plazo.
Antes de confirmar la reserva se informará al ganador de los servicios incluidos, posibles excesos a su cargo y condiciones de cambio o cancelación. Los cambios se gestionarán por Aplus, sujetos a disponibilidad. Solo podrán descontarse del importe del premio gastos de cancelación efectivamente no recuperables, imputables al ganador; no se le exigirá un desembolso adicional por ese concepto sin su aceptación.
Si el disfrute resulta imposible por causas imputables a la Organización o al establecimiento, se ofrecerá una alternativa y, cuando sea necesario, una ampliación de 2 meses. El vencimiento no podrá invocarse para dejar sin efecto el premio por una incidencia ajena al ganador que haya solicitado su reserva con antelación suficiente.
La falta de solicitud o de asistencia por causa imputable al ganador no generará derecho a recibir dinero, sin perjuicio de los derechos que legalmente correspondan.
10. FISCALIDAD
El premio quedará sujeto a la normativa tributaria vigente que corresponda, incluida, cuando proceda, la normativa foral aplicable. La gratuidad de la participación no implica que el premio esté exento de tributación.
La Organización coordinará el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la promoción y de las retenciones o ingresos a cuenta y declaraciones que correspondan a la entidad legalmente obligada. El acuerdo de gestión entre Café Fortaleza y Aplus no altera la atribución legal de esas obligaciones.
Cuando proceda ingreso a cuenta por la entrega del premio en especie, su importe será asumido por la Organización, sin repercutirlo al ganador ni deducirlo del premio.
El ganador facilitará los datos fiscales estrictamente necesarios y recibirá la certificación fiscal que corresponda. Deberá cumplir sus propias obligaciones tributarias personales derivadas del premio. La asunción del ingreso a cuenta por la Organización no equivale a asumir el resultado de la declaración personal del ganador.
11. IMAGEN Y COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
No se exigirá a los participantes o al ganador publicar contenidos, entregar fotografías, prestar testimonio ni ceder derechos de imagen como condición para participar o recibir el premio.
El resultado se comunicará individualmente a las personas seleccionadas. Café Fortaleza podrá informar de que el sorteo se ha celebrado y el premio ha sido adjudicado, sin publicar nombres, correos ni otra información que identifique al ganador.
12. PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: CONSORCIO DE DISTRIBUCIÓN FORTALEZA, S.A.U., con NIF A48009120 y domicilio en C/ Pablo de Alzola, 13, 48012 Bilbao (España).
Encargado del tratamiento: A PLUS FIELD MARKETING, S.L., entidad encargada de la gestión operativa del sorteo.
Finalidades y legitimación. Los datos identificativos y de contacto facilitados por los participantes se tratarán para gestionar su participación en el sorteo, comprobar el cumplimiento de los requisitos, detectar posibles duplicidades, realizar la selección aleatoria, contactar con el ganador y suplentes y gestionar el disfrute del premio.
La base jurídica de estos tratamientos es la ejecución de las condiciones de participación en el sorteo (artículo 6.1.b del RGPD). El cumplimiento de las obligaciones fiscales y demás obligaciones legales se fundamentará en el artículo 6.1.c del RGPD. La prevención del fraude y la defensa frente a posibles reclamaciones podrán basarse, cuando proceda, en el interés legítimo (artículo 6.1.f del RGPD), previa ponderación.
Adicionalmente, siempre que el participante haya otorgado su consentimiento expreso, sus datos identificativos y de contacto podrán utilizarse para el envío de comunicaciones comerciales por correo electrónico y para realizar contactos telefónicos relacionados con los productos y servicios de Café Fortaleza. La base jurídica de esta finalidad será el consentimiento del interesado (artículo 6.1.a del RGPD), sin perjuicio de la normativa aplicable a las comunicaciones comerciales.
Las respuestas al cuestionario profesional se recogerán de forma anónima y no podrán vincularse con los datos personales facilitados posteriormente para participar en el sorteo.
La aceptación de comunicaciones comerciales será voluntaria y no condicionará la participación en el sorteo.
Datos necesarios. Para participar se solicitarán nombre y apellidos, correo electrónico y los datos o declaraciones necesarios para verificar edad, residencia y, en el sorteo profesional, perfil profesional. Solo al ganador o suplente al que se ofrezca el premio se le solicitarán los datos adicionales indispensables para la verificación, entrega y fiscalidad. No se exigirá de forma general una copia completa del DNI; cualquier comprobación adicional será proporcionada. No facilitar los datos imprescindibles impedirá gestionar la participación o el premio.
Destinatarios. Café Fortaleza, como organizadora, tendrá acceso a los datos de participación necesarios para supervisar y gestionar el sorteo y cumplir las obligaciones asociadas al premio. Podrán acceder también proveedores de cuestionarios, selección aleatoria, alojamiento, correo y asesoría, con las garantías contractuales que correspondan. Se comunicarán los datos mínimos necesarios al restaurante elegido, exclusivamente para la reserva y disfrute de la experiencia, así como a administraciones públicas cuando exista obligación legal. No se comunicarán los datos para finalidades comerciales ajenas a esta promoción.
Transferencias internacionales. El cuestionario utiliza SurveyMonkey. Su prestación y la intervención de subproveedores pueden implicar almacenamiento o acceso desde fuera del Espacio Económico Europeo. Se aplicarán las garantías previstas en el capítulo V del RGPD, según los destinatarios y la configuración contratada. Podrá solicitarse información y copia de las garantías aplicables en clientes@aplusmk.com.
Conservación. Los datos personales de los participantes se conservarán durante el tiempo necesario para gestionar el sorteo, seleccionar al ganador y suplentes, verificar el cumplimiento de los requisitos y resolver las posibles incidencias.
Una vez finalizado el sorteo y entregado el premio, los datos de los participantes que no hayan resultado ganadores se suprimirán, salvo aquellos que deban conservarse, debidamente bloqueados, durante los plazos legalmente exigibles para atender posibles responsabilidades o reclamaciones.
Los datos de la persona ganadora se conservarán durante los plazos establecidos por la normativa fiscal y demás obligaciones legales aplicables.
En caso de haber otorgado el consentimiento para recibir comunicaciones comerciales, los datos podrán conservarse para dicha finalidad mientras el consentimiento permanezca vigente, sin perjuicio de la aplicación de criterios de revisión periódica y supresión por inactividad.
Transcurridos los plazos correspondientes, los datos serán suprimidos de forma definitiva.
Derechos. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, cuando procedan, dirigiéndose a lopd@cafefortaleza.com.
Asimismo, podrán retirar en cualquier momento el consentimiento otorgado para recibir comunicaciones comerciales, sin que ello afecte a la licitud de los tratamientos realizados con anterioridad ni a su participación en el sorteo.
También podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
La información ampliada sobre los cuestionarios y sorteos estará disponible en la web de Café Fortaleza y enlazada desde el formulario correspondiente.
13. RESPONSABILIDAD
La Organización y Aplus actuarán con diligencia en la gestión del sorteo. No responderán de incidencias técnicas ajenas a su control que no les sean imputables, sin perjuicio de sus deberes de información, de las medidas razonables para subsanarlas y de las responsabilidades legalmente exigibles.
Los participantes son responsables de la veracidad de sus datos y del uso lícito del formulario. Las exclusiones por fraude o incumplimiento deberán justificarse. Ninguna cláusula limitará derechos irrenunciables ni excluirá responsabilidades que no puedan excluirse por ley.
Las consultas y reclamaciones podrán dirigirse a cm8@aplusmk.com, sin perjuicio de los demás cauces legales disponibles.
14. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN
Solo podrá modificarse, suspenderse, aplazarse o cancelarse el sorteo por una causa objetiva y justificada que impida su desarrollo, como fuerza mayor, fraude acreditado o una incidencia técnica grave. La medida será proporcionada y se comunicará en el mismo lugar de la web de Café Fortaleza en el que se publiquen estas bases.
Las modificaciones no se aplicarán retroactivamente para reducir el premio o perjudicar derechos adquiridos. Se procurará conservar las participaciones válidas y, cuando sea posible, reanudar o aplazar la selección. La falta de disponibilidad de un proveedor no permitirá dejar sin premio a un ganador con derecho ya consolidado sin ofrecer una solución adecuada.
La declaración de premio desierto quedará limitada a los supuestos previstos en estas bases o a una imposibilidad legal debidamente justificada.
15. PLATAFORMAS Y TERCEROS
SurveyMonkey se utiliza como soporte tecnológico del cuestionario. Su utilización, al igual que la de una herramienta de selección aleatoria, no atribuye a dichas plataformas la condición de organizadoras del sorteo.
La reserva con un restaurante se formalizará exclusivamente para el disfrute del premio, sin que ello convierta al establecimiento en organizador del sorteo.
16. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La solicitud voluntaria de participación mediante la casilla correspondiente implica la aceptación de estas bases legales. La información de protección de datos se facilitará separadamente y la aceptación de las bases no constituye consentimiento para recibir comunicaciones comerciales.
La autorización para el envío de comunicaciones comerciales y la realización de contactos telefónicos, cuando se solicite, se recabará mediante una casilla independiente, voluntaria y no premarcada, sin que su aceptación condicione la participación en el sorteo.
17. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Las presentes bases se regirán por la legislación española. Las controversias se someterán a los juzgados y tribunales de Bilbao, sin imponer una renuncia a los fueros imperativos que puedan corresponder al participante.
18. AVISO SOBRE POSIBLES FRAUDES
Las notificaciones de ganador y suplentes se remitirán desde cm8@aplusmk.com. No se solicitarán contraseñas, códigos de verificación, datos completos de tarjeta ni pagos para confirmar la adjudicación.
Los únicos gastos voluntarios a cargo del ganador serán los servicios o excesos que acepte y que no estén cubiertos por el premio, conforme a estas bases; nunca se exigirá un pago para acreditar que ha ganado.
Ante cualquier duda, se recomienda iniciar una nueva consulta a cm8@aplusmk.com antes de responder a un mensaje sospechoso. Los datos fiscales o de entrega legítimamente necesarios solo se solicitarán dentro del procedimiento de adjudicación descrito.